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Habilitación o baja de consultorio
Para solicitar la habilitación o baja de consultorio debe ingresar al Sistema de Autogestión del Colegio Provincial: www.matriculacolpsiba.com.ar
Auxiliar de justicia. Peritos
Preguntas frecuentes
a. ¿Cómo me entero si fui designado como auxiliar de justicia en una causa?
Ingresando con Token al Portal de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas de la Suprema Corte de Justicia se puede tildar desde la pestaña “Configuración” la recepción de aviso al mail cuando existan notificaciones o novedades en las presentaciones electrónicas.
b. ¿Cuántas causas puedo aceptar si he sido designado en más de una?
Un auxiliar de justicia debe aceptar todos los cargos en los que ha sido sorteado, salvo que se encuentre comprendido en las causales de excusación previstas en el Art. 17 del CPCC*
c. ¿Puedo aceptar una causa en el fuero Civil y luego en el fuero Laboral?
El auxiliar de justicia puede actuar indistintamente en el fuero que se trate.
d. ¿Cuántos días tengo de plazo para aceptar el cargo?
Los auxiliares de justicia deben aceptar el cargo en un plazo máximo de 3 días hábiles.
e. ¿Qué plazo tengo para presentar el informe?
El informe se presenta en un plazo de 20 días según lo ordenado por el Art. 44 de la Ley 15.057.
f. ¿Cómo se cuentan los plazos?
Los plazos se cuentan en días hábiles a partir del día siguiente a la recepción de la notificación.
g. Cuando acepto el cargo, ¿debo pedir anticipo de gastos?
El anticipo de gastos se solicita exclusivamente con justificación y en caso de ser necesario.
h. Cuando acepto el cargo, ¿debo pedir regulación de honorarios?
Los honorarios se regulan para todos los profesionales intervinientes cuando se da por concluido el proceso, ya sea por sentencia definitiva, homologación de acuerdo entre partes o puede solicitarse por caducidad de instancia.
i. Para los depósitos de honorarios, ¿puedo denunciar mi cuenta bancaria personal?
Los honorarios serán depositados en una cuenta judicial bancaria abierta a tal efecto. Cada profesional debe informar su cuenta personal y solicitar la dación en pago para que se haga efectiva la transferencia de sus honorarios y aportes. En ese mismo escrito debe adjuntarse boleta de aportes previsionales en formato PDF, confeccionada por el matriculado desde la pestaña “impresión de boletas” de la página de la Caja de Psicólogos.
j. Para los depósitos de honorarios, ¿puedo denunciar mi cuenta bancaria personal?
Si existe, podes optar por consultar de manera presencial o virtual. Podes acercarte al Colegio el 1° o 3° martes de cada mes de 13.00 a 15.00 h o por mail a distrito11auxiliaresdejusticia@gmail.com. Si optas por la modalidad presencial se sugiere coordinar cita previamente al mail.
*ARTÍCULO 17. Serán causas legales de recusación:
1. El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2. Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con algunos de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3. Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4. Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5. Ser o haber sido el juez denunciador o acusador del recusante ante los tribunales, o denunciado o acusado ante los mismos tribunales, con anterioridad a la iniciación del pleito.
6. Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Suprema Corte hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7. Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8. Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9. Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste con gran familiaridad o frecuencia de trato.
10. Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento, que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensas inferidas al juez después que hubiese comenzado a conocer del asunto.