OSPJN

Obra Social Personal Poder Judicial de la Nación


 

Presentación remota online

Para la liquidación online deberá presentarse la siguiente documentación:

- Planilla de liquidación RUPP
- Solicitud de autorización firmada y sellada por el/la profesional. Debe ser realizada en hoja membretada del Colegio.
- Autorización expedida por la obra social.
- Asistencia realizada por el/la paciente, con firmas por cada fecha de atención. En caso de ser atención presencial podrá realizarse en el mismo bono, autorización o en una hoja aparte.
- En caso de tratarse de atención remota adjuntar también consentimiento realizado por el/la paciente, según modelo del Consejo Superior.

 
Atención y autorización

- En la primera entrevista de cada mes el/la profesional realizará el pedido de autorización en hoja membretada del Colegio, aclarando la cantidad de sesiones que solicita para el mes en curso; las mismas no pueden exceder las 5 mensuales.
- El/la paciente podrá entregar una orden de práctica (bono) expedida por la obra social en la cual el/la profesional podrá también realizar el pedido
- El pedido deberá ser completado con los siguientes datos:
- Datos del paciente.
- Número de prestador 1544 (Correspondiente al Colegio de Psicólogos)
- cantidad de sesiones solicitadas.
- Firma del paciente.
- Firma y sello del profesional.
- El/la paciente realizará el trámite de autorización ante la obra social, y entregará al profesional el bono y la autorización expedida por la mutual.
- La asistencia será realizada en el mismo bono, autorización u hoja aparte, especificando fechas de atención y firmando el/la paciente cada una de las fechas registradas. Luego deberá ser firmada y sellada por el/la profesional.

 
Liquidación:

La liquidación deberá ser previamente cargada por el/la profesional al sistema de obras sociales RUPP carga On Line, para luego presentarla ante el Colegio de Psicólogos y Psicólogas en las fechas de entrega correspondientes junto con la documentación arriba detallada. Todo presentado y organizado según las indicaciones de los instructivos enviados cada mes.

IMPORTANTE:


- La obra social autorizará hasta 5 sesiones mensuales.
- Sólo se aceptará la liquidación de las sesiones de hasta tres meses anteriores al mes en que se encuentra realizando la presentación.
- No será posible liquidar las sesiones con fecha del mismo mes en que se encuentra presentando la liquidación.

Para poder acceder a los aranceles y las ultimas actualizaciones ingrese en el siguiente enlace:
Aranceles