Estimadxs colegas compartimos la información de la Junta electoral para las elecciones del Distrito:
*Fecha: Domingo 21 de noviembre. La misma fue fijada por el Consejo Superior
*Horario de apertura de los comicios: 9 hs.
*Horario de cierre de los comicios: 18 hs.
*Lugar: Centro de Jubilados del Sindicato de Telefónicos, calle 17 nro. 1372 entre 60 y 61. Se realizó un cambio de sede por solicitud de la Junta Electoral por cuestiones sanitarias.
*Requisitos para el voto por correo: Estarán habilitadxs al voto por correspondencia quienes hayan declarado residencia a más de 50kms de la sede los comicios
El viernes 12 de noviembre la Junta Electoral enviará los sobres con las boletas.
Una vez recibido el sobre:
1 – Deberá colocar su voto dentro del sobre blanco pequeño. La tarjeta identificatoria debe ser colocada, consignando sus datos, afuera del sobre del voto (abrochada, no pegada).
2 – Una vez completado este paso; colocar dentro del otro sobre, y enviarlo a la Junta Electoral (sede del Colegio, La Plata).
Los votos que tendrán validez para su cómputo serán todos los recibidos hasta el momento del cierre del comicio.
*Fecha de envío de sobres desde el distrito a los matriculados para voto a distancia: viernes 12/11/2021
*Fecha de recepción del voto a distancia para su validez: domingo 21/11/2021 hasta el cierre de los comicios.
Es necesario presentar DNI y tener la matrícula al día (hasta cuota 6 inclusive)
Adjuntamos el Art. 4 del reglamento electoral que envía la Junta Electoral para la justificación del no voto.
Art.4°. -Quedan exceptuados de la obligación de votar:
a) Los/as que se encuentren imposibilitados por motivos de salud para concurrir a los comicios. –
b) Los/as psicólogos/as que en cumplimiento de funciones inherentes a su profesión e indelegables en dicha jornada no puedan hacerlo. –
c) Los/as que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables, según art. 12 inc. c, código nacional electoral, ley 22864. Y según art. 4 inc. d, Ley Pcial electoral 5109, modificada por la Ley 14456.
d) Las problemáticas de salud se justificarán con un certificado expedido por la autoridad que corresponda y los otros casos se justificarán mediante certificados expedidos por los/as superiores del empleado/a o por la autoridad de la localidad donde el elector se encuentre, según el caso. –
e) Se penará con multa de 5 UP a quien no votara, sin justificar de acuerdo a las causales previstas en este reglamento, la ausencia, disponiendo de un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde el día del acto eleccionario, para presentar la certificación que acredite el motivo, de acuerdo al artículo 35 de la ley 10. 306.
Deben enviar al Colegio la documentación justificando el No Voto, dentro de los 30 días de realizado el comicio, al siguiente correo: distritoxi@colegiodepsicologos.org.ar
El colegio somos todxs
Reglamento - Art.4º