Las publicaciones en redes sociales, sitios web y demás medios de comunicación forman constituyen actos públicos que integran el ejercicio profesional y, como tales, se encuentran regulados por la Ley N.º 10.306 y el Reglamento de Avisos, Anuncios y Propagandas del Colegio.
Contenido obligatorio en toda publicación profesional
Conforme al art. 2° del Reglamento de Avisos, Anuncios y Propagandas, todo anuncio, publicación o comunicación pública de un/a psicólogo/a matriculado/a debe consignar de manera visible:
Cabe recordar además que el art. 6° del Reglamento de Matriculación establece que el número de matrícula debe figurar en todo informe, documento, publicidad o anuncio profesional.
Esta obligación alcanza a:
Aspectos adicionales a tener en cuenta
Uso del título de «especialista en…»: el art. 5° del Reglamento establece que solo puede utilizarse si se cuenta con la correspondiente acreditación. El uso indebido puede configurar infracción al régimen disciplinario.
Especialidades no reconocidas: el art. 9° inc. b) de la Ley 10.306 prohíbe anunciar especialidades no reconocidas por el Colegio.
Técnicas o procedimientos personales: el art. 9° inc. d) de la Ley 10.306 prohíbe publicar técnicas o procedimientos personales en medios no especializados sin autorización previa del Consejo Superior.
Discreción y responsabilidad: el art. 1° del Reglamento establece que toda actividad del/la psicólogo/a que trascienda el ejercicio individual y alcance a terceros debe realizarse con discreción y responsabilidad, con sujeción a los principios éticos que rigen la profesión.
👉 Les invitamos a revisar las publicaciones en las que difunden sus servicios profesionales y a verificar que contengan la información obligatoria indicada. La identificación clara de la matrícula no solo cumple con la normativa: también genera confianza en la ciudadanía, contribuye al reconocimiento social de nuestra profesión y fortalece el ejercicio ético y transparente de la psicología.
Esta campaña se enmarca en la función institucional de contralor que la ley asigna al Colegio y es, ante todo, una oportunidad de fortalecer colectivamente las prácticas de comunicación profesional de nuestra matrícula.