PRIMEDIC Salud

El Colegio de Psicólogas y Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires pone a disposición de sus matriculados el instructivo para la presentación online de la liquidación de obras sociales con PRIMEDIC Salud. Se incluye también el paso a paso para el proceso de autorización y atención de las sesiones.

A continuación, se detallan los pasos y la documentación requerida para completar este proceso de manera efectiva.

Presentación online PRIMEDIC

Para la liquidación online el/la profesional deberá enviar por correo electrónico a obrassociales@colegiodepsicologos.org.ar en las fechas correspondientes la documentación detallada a continuación, y organizada según las indicaciones de los instructivos correspondientes.

Documentación requerida

1. Documentación requerida para la liquidación por PREMEDIC Salud:

Planilla de liquidación en formato Excel (una por todos los meses y pacientes que liquida).

Autorización (bono) expedido por la obra social.

Planilla de asistencia (puede ser realizada en el bono).

Acceda a la planilla de liquidación

2. Una vez realizada la liquidación online, enviar la documentación a obrassociales@colegiodepsicologos.org.ar. Recuerde respetar las normativas operativas generales para una correcta entrega de la documentación de obras sociales.

Autorización y atención PRIMEDIC Salud

Antes de comenzar la atención, el/la profesional debe seguir los pasos detallados a continuación para ingresar a la plataforma de la mutual y luego validar las sesiones

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Autorización

Antes de comenzar la atención, el/la profesional debe seguir los pasos detallados a continuación.

1. Realizar el pedido de autorización que incluya datos del/la paciente y la cantidad de sesiones que se llevarán a cabo en el mes, y entregarlo al/la paciente para realizar el trámite de autorización.

2. Solicitar al/la paciente que efectúe una planilla de asistencia de puño y letra con sus datos, fechas de atención y firmas (una por cada fecha). Puede ser realizada en el mismo bono de autorización que le entregará el/la paciente.

3. El/la paciente debe abonar al/la profesional el cargo por afiliado/a (coseguro), por sesión, de acuerdo a la categoría del profesional y el plan.

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Importante

La obra social no abonará aquellas sesiones que se encuentren por fuera del mes autorizado. Sin importar qué fecha tiene la autorización las sesiones declaradas en asistencia deberán corresponder al mes autorizado.

Sólo se aceptará la liquidación de las sesiones de hasta tres meses anteriores al mes en que se encuentra realizando la presentación.

No será posible liquidar sesiones con fecha del mismo mes en que se encuentra presentando la liquidación.

La documentación debe ser absolutamente legible, y contener toda la información dentro de la imagen.

Es importante revisar toda la información antes de entregar las liquidaciones.